El tipo de usuarios serán personas válidas, semiasistidas y asistidas.
– Justificantes de ingresos obtenidos, tanto en concepto de pensión, como de rentas de capital mobiliario e inmobiliario, aportando en caso de que exista, una copia de la declaración del impuesto sobre la renta presentada el año anterior a la fecha de solicitud.
– Fotocopia de la tarjeta de la Seguridad Social.
– Certificado municipal identificativo del lugar del empadronamiento. (Sólo para personas que tengan intención de solicitar Becas).
En el caso que por parte del usuario se ocultaran datos referentes a su identidad personal, así como la ocultación de datos económicos tendrán la consideración de una falta muy grave, la cual será susceptible de ser sancionada en los términos que vienen establecidos en el presente Reglamento; pudiendo llegase a la pérdida de condición de usuario. Para el caso que existiera una variación patrimonial en la situación económica patrimonial del usuario éste vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de la dirección de la residencia.
El impago de la cuota, cuando ello sea consecuencia voluntaria derivada de la negativa de hacerla efectiva durante un período de 1 mes.
– La ausencia injustificada del centro durante plazo máximo de 1 mes.